Norma Técnica. Disposiciones que Regulan la Organización y Funcionamiento de los Servicios Educativos Escolarizados del Ciclo I de Educación Inicial. RVM. Nº 003-2024 – MINEDU.
OBJETIVO
Establecer disposiciones para la organización y el funcionamiento de los servicios educativos escolarizados de Ciclo I de Educación Inicial (cuna y cuna-Jardín), que garanticen la atención integral a las niñas y niños menores de 3 años, con calidad y pertinencia.
CONTENIDO DE LA NORMA
Sobre los servicios escolarizados de Ciclo I
Excepcionalmente en las cunas, se podrá recibir a niñas y niños a partir de los 3 meses de edad, siempre y cuando se cuente con las condiciones
para asegurar la lactancia materna; esta disposición podrá ser incorporada en el Reglamento Interno de la IE.
La permanencia diaria en la cuna está sujeta a las necesidades de la familia y al tiempo máximo que las niñas o los niños debe permanecer fuera de su hogar.
En el ámbito rural, la cuna debe garantizar una atención educativa pertinente y de calidad en la lengua materna del estudiante y en el marco de la cultura originaria, según el escenario lingüístico y cultural, sobre la base de la caracterización sociocultural y psicolingüística de la población
usuaria.
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